El encadenamiento del Derecho de Respuesta en México
Fecha
2018-03Autor
Esteinou Madrid, Francisco Javier
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Mostrar el registro completo del ítemResumen
El Partido de la Revolución Democrática (PRD), el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentaron en diciembre 2015, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, una Acción de Inconstitucionalidad para modificar el Artículo 6 de la Constitución Política Mexicana en materia de Derecho de Réplica. Mediante ello, se pretendió solventar algunas de las restricciones que introdujo la anterior Ley Reglamentaria sobre el Derecho de Réplica que dejó muchos vacíos para proteger a los ciudadanos. Sin embargo, en noviembre de 2016, ocho de los once ministros de la Suprema Corte votaron en contra de dicho proyecto, arguyendo que no era necesario transformar dicha normatividad, pues la actual redacción jurídica ya incluía el hecho de que cuando la información es falsa e inexacta y causa agravio a la persona, la réplica es procedente y constitucional. En consecuencia, no existía nada que modificar sobre la garantía del Derecho de Réplica, pues la presente Ley sobre el mismo ya amparaba los intereses comunicativos básicos de los ciudadanos. Con esta decisión se impidió que dicha garantía constitucional se pudiera enriquecer para fortalecer más los derechos comunicativos de los ciudadanos que históricamente han sido relegados durante muchas décadas por el Estado mexicano.
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