Abstract
La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano aprobaron el 14 de julio de 2014 en el artículo 22 de esta última, la existencia de un Consejo Ciudadano cuyo objetivo sería “asegurar la independencia del medio y crear una política editorial imparcial y objetiva, para lo cual contará con facultades de opinión y asesoría de las acciones, políticas, programas y proyectos que se desarrollen". Retomando tales enunciados particulares referentes al Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, se derivó mecánicamente que el resto de los Consejos Ciudadanos de Comunicación deberían ser entidades civiles responsables de vigilar y coadyuvar en el cumplimiento de los principios de independencia editorial, participación ciudadana, reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales, en los medios de comunicación social.